viernes, 11 de diciembre de 2009

AGENDA NACIONAL POR EL DERECHO HUMANO AL AGUA

Programa de Apoyo a las Cuencas Hidrográficas con manejo Antropológico
PACHACAMAC
Inscrita en ORPLC



AGENDA NACIONAL POR EL DERECHO HUMANO AL AGUA

I. ANTECEDENTES

El Perú es signatario del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales-PIDESC que tiene el estatus de tratado internacional y cuyos derechos reconocidos son de obligatorio cumplimiento para el Estado Peruano. El artículo 11, párrafo 1 del PIDESC especifica un conjunto de derechos que emanan de él y son indispensables para realización del derecho a un adecuado estándar de vida incluyendo una adecuada alimentación, vestido y vivienda. El Comité del PIDESC ha interpretado que el derecho al agua está comprendido dentro de la categoría de derechos esenciales para asegurar un estándar adecuado de vida.

La Observación General 15 reconoce expresamente la existencia del derecho al agua como parte de los Derechos Económicos Sociales y Culturales y declara que el agua es un recurso natural limitado y un bien público fundamental para la vida y la salud. El derecho humano al agua es indispensable para vivir dignamente y es condición previa para la realización de otros derechos humanos. La Observacion General 15 está reconocida por el D.S N°017-2005-JUS.

La Plataforma Interamericana Derechos Humanos, Democracia y Desarrollo-PIDHDD Capitulo Perú señala que los elementos del derecho al agua deben ser adecuados a la dignidad, la vida y la salud humanas, de conformidad con el PIDESC. Lo adecuado del agua no debe interpretarse en forma restrictiva simplemente en relación con cantidades volumétricas y tecnologías. El agua debe tratarse como un bien social y cultural y no fundamentalmente como un bien económico. El modo en que se ejerce el derecho al agua también debe ser sostenible de manera que este derecho debe ser ejercido por las generaciones actuales y futuras.

En el año 2008 en el Perú se ha tenido un retroceso en prácticamente todos los indicadores de prestación de lo de los servicios de saneamiento en la 54 EPS y 2,500 JASS existentes. Esto constituye un grave atentado y violación contra el ejercicio adecuado del derecho al agua sobre todo pues es una regresión en la progresibilidad del cumplimiento del derecho.

El derecho humano al agua es el derecho de todos a disponer de agua suficiente, salubre, aceptable, accesible y asequible para el uso personal y doméstico

El ejercicio adecuado del derecho al agua tiene el contenido esencial de accesibilidad, calidad, disponibilidad.

La Agenda Nacional por el Derecho al Agua presenta un conjunto de demandas cuyo cumplimiento constituyen obligación del Estado Peruano clasificadas en tres campos:

CONTENIDO ESENCIAL DEL EJERCICIO DEL DERECHO HUMANO AL AGUA

La observación general 15 declara los factores que el Estado está exigido a cumplir en cualquier circunstancia: Disponibilidad, Calidad y Accesibilidad.

Por accesibilidad debe entenderse que el agua y las instalaciones y servicios de agua deben ser accesibles a todos, sin discriminación alguna. La accesibilidad presenta 4 dimensiones superpuestas:


i. Física. Las instalaciones y los servicios deben estar al alcance de todos los sectores de la población. La seguridad física no debe ser amenazada durante el acceso.

ii. Económica. Los costos y cargos directos e indirectos asociados con el abastecimiento de agua deben ser asequibles y no deben comprometer o poner en peligro el ejercicio de otros derechos. El costo del agua potable es varias veces mas cara para los más pobres que para los ricos. La tarifa social se usa indiscriminadamente por el consumo no por el nivel socio – económico.

iii. No discriminación. Deben ser accesibles a todos de hecho y de derecho incluso a los sectores más vulnerables y marginados de la población. En tiempos de grave escasez de recursos es preciso proteger a los miembros más vulnerables mediante la adopción de programas específicos a un costo relativamente bajo. Los pobres en el Perú tienen un acceso restringido, mala calidad y costo alto del agua potable por lo que son objeto de discriminación.

iv. Información. Derecho de solicitar, recibir y difundir información sobre las cuestiones del agua. No se informa adecuadamente sobre los derechos de los usuarios, sobre los efectos de la privatización y los indicadores de gestión de la EPS.

SOSTENIBILIDAD DE LOS RECURSOS HÍDRICOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO.

La Observación General 15 señala como obligación de los Estados la adopción de una estrategia y un Plan de Acción Nacional en materia de recursos hídricos para el ejercicio de este derecho. La idea es que la adopción de estrategias y programas amplios e integrados para velar que las generaciones presentes y futuras dispongan de agua suficiente y salubre. Entre estas se mencionan la reducción de la disminución de recursos hídricos, la eliminación de la contaminación de las cuencas hidrográficas y de los ecosistemas relacionados con el agua por radiación, sustancias químicas nocivas y excrementos humanos así como la vigilancia de las reservas de agua. En esa medida constituye una violación al derecho la contaminación y disminución de los recursos de agua en detrimento del ser humano.

Considerando que Perú dispone alrededor del 5 % de recursos mundiales de agua dulce y que somos parte de la cuenca amazónica, la mas grande del mundo, la sostenibilidad de nuestro recurso agua es fundamental para garantizar el derecho al agua de todos los peruanos.


REGULACIÓN Y GESTIÓN DE LOS SERVICIOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO.

Para demostrar el cumplimiento de sus obligaciones generales y particulares, los Estados Partes deben demostrar que han tomado las medidas necesarias y factibles para garantizar el ejercicio del derecho al agua. No hacerlo implica incurrir en actos de violación entre los que se pueden enunciar las violaciones de la obligación de proteger. Estas dimanan del hecho de que un Estado no adopta todas las medidas necesarias para proteger a las personas contra las violaciones del derecho al agua por terceros. Un caso típico de estas violaciones la constituye no regular y controlar eficazmente los servicios de suministro de agua.

En cambio las violaciones de la obligación cumplir están referidas a no adoptar o ejecutar una política nacional sobre el agua encaminada a garantizar a todos el derecho al agua; asignar fondos insuficientes o asignarlos en forma incorrecta , con el resultado de menoscabar el disfrute del derecho al agua por personal o grupos especialmente los vulnerables o marginado; y, no vigilar el grado de realización del derecho al agua a nivel nacional, por ejemplo estableciendo indicadores y niveles de referencia

Por otro lado, al formular y ejecutar las estrategias y los planes nacionales de acción con respecto al agua deberán respetarse, entre otros, los principios de no discriminación y de participación popular. El derecho de los particulares y de los grupos a participar en los procesos de decisión que puedan afectar su ejercicio del derecho al agua debe ser parte integrante de toda política, programa o estrategia con respecto al agua. Deberá proporcionarse a los particulares y grupos un acceso pleno o igual a la información sobre el agua, los servicios de agua y medio ambiente que este en posesión de las autoridades públicas o de terceros.

En lo concerniente a los distintos niveles de gobierno el Pacto fija que deberán adoptarse medidas para garantizar una coordinación suficiente entre los ministerios nacionales y las autoridades regionales y locales a fin de conciliar las políticas relacionadas con el agua. En los casos en que la responsabilidad de hacer efectivos el derecho al agua se haya delegado en las autoridades regionales o locales, el Estado Parte seguirá siendo responsable del cumplimiento de sus obligaciones en virtud del Pacto, y por tanto deberá velar porque las autoridades tengan a sus disposición suficientes recursos para mantener y ampliar los servicios e instalaciones necesarios.

Los Estados Partes están obligados a vigilar eficazmente la realización del derecho al agua. En ese sentido para asistir al proceso de vigilancia, las estrategias los planes de acción deberán contener indicadores sobre el derecho al agua. El objeto de los indicadores consistirá en vigilar, en los planos nacional e internacional, las obligaciones asumidas por el Estado parte. Los indicadores deben referirse a los distintos componentes de un agua adecuada (como la suficiencia, la salubridad y la aceptabilidad, la asequibilidad y la accesibilidad), desglosarse según los ámbitos de discriminación prohibidos y abarcar a todas las personas que viven en la jurisdicción de todo el territorio del Estado parte o estén bajo su control.




II. ASPECTOS DE LA AGENDA NACIONAL

EXIGIMOS AL ESTADO PERUANO QUE CUMPLA CON LOS COMPROMISOS ASUMIDOS EN EL PIDESC Y QUE SE RESUMEN EN LA SIGUIENTE AGENDA:


II.1 DEL CONTENIDO ESENCIAL DEL EJERCICIO DEL DERECHO AL AGUA

1. Incorporar el derecho humano de todos y todas al agua en nuestra constitución Política del Perú conforme el párrafo 1 del artículo 11 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y la Observación General 15 ( 2002) emitido por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. En nuestra constitución no se encuentra reconocido expresamente este derecho que consideramos esencial para su exigibilidad en el ámbito jurisdiccional. Incorporación en la legislación nacional del contenido esencial del derecho humano al agua.

2. Respaldar la iniciativa ciudadana que gestiona el JNE para que se reconozca el acceso al agua como derecho fundamental y universal. Por ello exigimos que el Estado gestione dicha iniciativa ciudadana y por ese medio se adopten políticas y estrategias que aseguren el derecho humano al agua. La iniciativa ciudadana está respaldada por las firmas de 66,700 peruanos.

3. Garantizar el abastecimiento de agua continuo y suficiente ( Disponibilidad). para los usos personales y domestico. La GTZ en evaluación intermedia 2008 señala para Perú: El 24% de la población (cerca de 6.6 millones de personas) no tienen acceso a servicios sostenibles de agua potable y el 43% (aprox. 11.8 millones der personas) carece de servicios de alcantarillado y de disposición sanitaria de excretas.

4. Garantizar la cantidad de agua disponible para cada persona debe corresponder a las directrices de la OMS
[1]. Por ello exigimos que el Estado peruano realice al máximo esfuerzo en facilitar el acceso optimo[2] de todos los peruanos a fin de lograr un promedio entre 100 – 200 litros per capita por día. En nuestro país en los sectores pobres extremos y en zonas rurales borden menos de 20 litros per capita por día lo que significa que no tienen un acceso básico.


5. Adoptar programas de agua orientados a fines concretos y de relativo bajo costo para proteger los grupos vulnerables y marginados. El Estado peruano debe prestar especial atención a las personas y grupos de personas que tradicionalmente han tenido dificultad para ejercer este derecho, en particular mujeres, los niños, los grupos minoritarios y entre otros.

6. Excluir el agua como parte de los bienes, servicios o recursos que pueden ser objeto de comercio en los Tratados de Libre Comercio refrendado por la política del Estado Peruano en asuntos de Relaciones Internacionales y Negociaciones Comerciales

7. Priorizar dentro de la política de distribución y asignación de derechos sobre recursos hídricos necesarios para cumplir con las obligaciones fundamentales que entrañan cada unos de los derechos que requieran del agua y evitar el hambre y la subsistencia.

8. Garantizar el acceso de agua suficiente para la agricultura de subsistencia y para asegurar la subsistencia de los pueblos indígenas. El acceso de los pueblos indígenas a los recursos de agua en sus tierras ancestrales debe ser protegido de toda transgresión y contaminación ilícitas. El Estado debe facilitar los recursos para que los pueblos indígenas planifiquen, ejerzan y controlen su acceso.


II.2. DE LA SOSTENIBILIDAD DE LOS RECURSOS HIDRICOS PARA GARANTIZAR
EL DERECHO


1. Eliminar la explotación irracional de recursos hídricos, ya que sea por extracción o desviación de otras fuentes sin la debida recarga del acuífero. Solo en Lima, mientras las aguas superficiales proveen el 55 % de agua, el 45% proviene de aguas subterráneas
[3]. Semejante presión sobre el recurso hídrico se complica por el hecho de que muchos patrones de extracción de agua son altamente insostenibles. El bombeo de acuíferos en tasas mayores de lo que requieren para la recarga, es un factor de agravamiento de la sostenibilidad del recurso. Exigimos que el Estado peruano cumpla con el DS N° 017-2005-JUS.

2. Eliminar la contaminación de las cuencas hidrográficas y de los ecosistemas relacionados con el agua. En Lima, la cuenca del Rímac esta contaminada, siendo las industrias son responsables del 83% de la materia orgánica vertida al río y las ciudades son responsables del 51% de la contaminación microbiológica (bacilos coliformes fecales). Por otro lado, la concentración de hierro, cromo y aluminio en el Rímac supera en 4,100%, 5,900%, 3,470%, respectivamente, lo establecido en la ley general de aguas. En la medida que no se establezcan medidas de control de la contaminación, los impactos en la salud de la población se harán más severos y los costos de revertir dicha situación se incrementarán. Exigimos que el Estado peruano cumpla con el DS N° 017-2005-JUS.

A nivel nacional, solamente un 22% de las aguas servidas reciben un tratamiento adecuado. Los principales tipos de tratamiento son: tanque séptico y lagunas de oxidación, los que representan el 44%, en cada caso del número total de plantas de tratamiento.

Exigimos que el Estado incorpore las tecnologías de saneamiento ecológico en el RNE.

3. Vigilar las reservas de agua para evitar su desperdicio y agotamiento . El Perú utiliza más de 15 por ciento de sus reservas totales cada año, ubicándose en la categoría de países con presiones "moderadas" de disponibilidad de este recurso, lo que plantea aun un escenario posible de actuar ahora. Cabe aclarar que la protección de este recurso esta vinculado con el control de perdidas de tierras agrícolas, verdaderas reservas de agua , que en nuestro país se pierden en el orden de has /año disminuyendo significativamente la recarga del acuífero.

Exigimos que el Estado cumpla con instituir un observatorio con participación del sector privado y publico, enfocado en el monitoreo regular y sistemático de las reservas de agua conforme al DS N°017-2005-JUS.

Exigimos que el Estado respalde la decisión de intangiblizar las cabeceras de cuenca
y de apoyar la defensa de las 280 lagunas de San Pablo(Cajamarca).

Exigimos que el Estado cumpla las recomendaciones del Informe de Auditoria de Gestión Tema 26 de la Contraloría General de la Republica relativo al cumplimiento de la Convención de Ramsar 2003 y por ese medio publicar una reglamentación de directivas para humedales sin status de humedal internacional

4. Asegurar que cualquier mejora propuesta no obstaculice el acceso al agua. La concesiones de servicios, no pueden significar procesos que dejen de lado a los mas pobres así como tampoco la construcción de infraestructura de aguas puede suponer el daño a las reservas hidricas que dan sustento a la agricultura de subsistencia.

Exigimos la anulación del reglamento de la Ley N° 28029 y que se gestione la aprobación de la iniciativa popular para derogar el DL 1031 que tramitan 70,000 peruanos.

5. Priorizar la atención y propuesta frente a repercusiones que puedan tener los cambios climáticos, la desertificación y la creciente salinidad del suelo, la deforestación en la disponibilidad de agua y en las cuencas hidrográficas de los ecosistemas naturales El cambio climático en nuestro país ha tenido efectos graves en nuestra disponibilidad de agua ya que la superficie total de glaciares en el Perú se redujo en un 22 % en los últimos años y como consecuencia hemos perdido alrededor del 12 % del volumen de agua.

Exigimos que el Estado declare de necesidad y utilidad públicas e interés nacional la preservación y transformación en bioindustrias sostenibles autogestionarias de los pequeños productores a las cuencas de lagunas, páramos, bosques de neblina, humedales y otras fuentes generadoras de agua de los ríos de todo el territorio nacional, así como la almacenada en el subsuelo, las cuales abastecen de agua a las plantas de tratamiento y potabilización de los departamentos del país, y dan vida a amplias zonas donde la actividad agropecuaria y la biodiversidad tienen invalorables potencialidades, además de sostener bosques secos, en algunos casos, los más extensos del mundo.
Exigimos que el Estado promueva la conservación, aumento de la capacidad hídrica y transformación bioindustrial en las provincias de cada ámbito favoreciendo a la pequeña y mediana agricultura con capacitación tecnológica e implementación de tecnologías de siembra y cosecha de agua con uso de fuentes de energía renovables, para lograr seguridad alimentaria nutritiva regional, generación de mercado interno, con bio industrias familiares y comunales y exportación de los excedentes producidos.
Exigimos que el Estado promueva una lógica descentralizadora de gestión sostenible de las cuencas, a efectos de que el 75% del presupuesto público no financiero y no previsional se destine a los gobiernos regionales y locales.

Exigimos que el Estado promueva en cada microcuenca, subcuenca y cuenca del país se logre la instalación de módulos básicos de centros familiares y comunales de seguridad alimentaria nutritiva, que permiten gozar de agua, pastos y crianzas las 52 semanas del año en 1,000 distritos de todo el país, con capacitación e implementación de tecnología rústica de bajo costo para siembra de semilla certificada con aprovisionamiento, conservación y uso sostenible de ojos de agua, manantes, puquiales, riachuelos, técnicas saludables de siembra y riego por aspersión y riego por goteo con uso de energías renovables.

Exigimos que el Estado promueva la experimentación participativa y capacitación básica por interaprendizaje entre campesinos, entre productores, debiera estar a cargo de de una red de promotores rurales certificados (Yachachiq). El modelo, aplicado a nivel de todas las comunidades y provincias rurales de la sierra, atendiendo a las particularidades propias de cada zona, debe complementar y potenciar el efecto multiplicador de un nuevo sistema público de innovación tecnológica, que se impulsaría a través de una red de agencias de desarrollo rural en sierra, de alto nivel técnico, estructurado sobre la base de las agencias agrarias de las Direcciones Regionales de Agricultura y la de AGRORURAL, y encargado de canalizar una oferta integrada de servicios públicos agrarios de información, investigación, extensión, titulación, sanidad y promoción agraria.

Exigimos que el Estado incentive la elaboración de estudios sobre nubes frías para dar lugar a evaluar proyectos de generación artificial de nieve.

6. Crear un Sistema de Gestión Integral de los recursos hídricos liderado por la autoridad nacional correspondiente y elaborar el Plan Nacional de Recursos Hídricos, instrumento que oriente las políticas centrales para la protección y uso racional del recurso hídrico. La Ley de Recursos Hídricos dispuso la creación de un sistema nacional de recursos hídricos que desconoce la importancia de las 6,067 comunidades y 1,547 comunidades indígenas. Se necesita una Estrategia Nacional de Recursos Hídricos que reconozca la importancia del agua como derecho al agua.

Exigimos que el Estado peruano asegure que la conducción del Sistema Nacional de Gestión de los Recursos Hídricos sea de responsabilidad de la Autoridad Nacional del Agua y de los órganos descentralizados denominados Consejos de cuenca y Juntas de usuarios. Las Juntas de Usuarios, Comunidades Campesinas y Nativas,Juntas de Agua y Sanemiento-JASS, Juntas de Agua Potable y COVAPS constituyen primera instancia en la asignación de los derechos de uso de agua.
Exigimos que el Estado promueva el registro administrativo de derechos de agua. Esta prohibido la reivindicación judicial de los derechos del agua.
Exigimos que el Estado asegure que las Comunidades Campesinas y Nativas tendrán una licencia especial que le da seguridad jurídica de agua en bloque y no pagarán derechos de agua.
Exigimos que el Estado asegure que las inversiones de tipo estatal o privada requieran del consentimiento libre, previo e informado de las Comunidades Campesinas y Nativas para acceder a remanentes de agua.
Exigimos que el Estado incentive Asocios Público-Publico, Publico-Privado, Publico-Comunitario, Privado-Comunitario y Comunitario-Comunitario sobre la gestión sostenible del agua.

Exigimos al Estado transparencia del Programa de Reforma Hidrica I que auspicia el BID.

II.3 DE LA REGULACIÓN Y GESTIÓN DE LOS SERVICIOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO.

1. Exigir que las decisiones sobre los asuntos del agua, como la vinculación del sector privado a la gestión de los servicios, se sujeten al PIDESC y las normas de descentralización en cuanto a la transparencia y participación ciudadana en las decisiones. No aceptar concesiones de los servicios a privados salvo que estas sean respaldados con resultados favorables de un referéndum con difusión previa de la información de los efectos a la ciudadanía.

Las decisiones de participación privada en los servicios no solo entrañan consideraciones de tipo económico sino de carácter político, en consecuencia deben seguir los procesos que corresponden a esta clase de eventos, en especial la transparencia y la participación ciudadana en las decisiones. Es conocido por todos que el servicio de agua de acuerdo al PIDESC es un derecho humano, que considera al agua como un bien social y cultural y no solo con un carácter económico. Por otro lado, los servicios de agua tienen una vinculación muy estrecha con la salud humana, y del conjunto de servicios prestados en condiciones de monopolio, son los que mas exigencias representan a la regulación y control del Estado y los ciudadanos, no existiendo evidencias de una capacidad regulatoria eficaz de parte del Estado. En consecuencia la permanencia de los servicios de agua potable en manos públicas se ha convertido en una necesidad. Esta idea se refuerza debido a la falta de aceptación social de parte de la población respecto de los procesos de concesión, como se evidencia de los resultados obtenidos en el estudio de percepciones llevado a cabo en la provincia de Huancayo.

Exigimos que el servicio público de saneamiento sea prestado exclusiva y directamente por personas jurídicas estatales, que pueden asociarse a personas jurídicas privadas y públicas nacionales e internacionales que transfieran tecnología del ramo o aporten recursos financieros conservando el Estado el pleno dominio público sobre el servicio y el recurso agua.
Exigimos que el Estado no subsidie la actividad privada en agua ni en saneamiento.

2. Exigir al Estado que los niveles de gobierno competentes (gobierno nacional y municipalidades provinciales) otorguen a las entidades prestadoras públicas bajo su ámbito, el derecho de explotación que les corresponde mediante la suscripción de los respectivos contratos de explotación.

Servicios públicos de calidad que satisfagan las exigencias del derecho humano al agua en los términos del PIDESC solo pueden provenir de empresas eficientes legalmente constituidas. En la década del 90 el gobierno decretó un ordenamiento legal e institucional del sector agua potable y saneamiento, delegando en los gobiernos locales la responsabilidad de la prestación de los servicios a través de entidades prestadoras que podrían ser públicas privadas o mixtas. SEDAPAL, la empresa de la capital de la república, fue la única entidad exceptuada de la transferencia siendo mantenida bajo la dependencia del ministerio de economía y finanzas.

La idea subyacente de esta decisión era, además de cumplir con un precepto constitucional, que la administración, operación y mantenimiento de los sistemas sanitarios es mas eficiente bajo responsabilidad local. Esta nueva realidad aunada a la formación de empresas municipales premunidas de un directorio estable, profesional y alejado de la interferencias político partidaria, generaría las condiciones deseables para un buen modelo operado en forma descentralizada.

Estas entidades prestadoras públicas (SEDAPAL y las empresas municipales) debían organizarse como empresas (sociedades de responsabilidad limitada y sociedades anónimas, según tengan menos de 10.000 o mas de 10.000 conexiones de vivienda, res previamente) y recibir del gobierno, y las municipalidades provinciales, respectivamente, el derecho de explotación mediante la suscripción de contratos de explotación.

No obstante, el nuevo ordenamiento institucional del sector, previsto en la ley general de servicios de saneamiento (1994), solo fue implementado en el nivel sectorial creándose un organismo rector (actualmente el ministerio de vivienda construcción y saneamiento) y un organismo regulador (la superintendencia nacional des servicios de saneamiento), omitiéndose su implementación a nivel local por el espacio de 11 años. Ello ha significado que las empresas públicas no hayan recibito las facultades de explotación y las condiciones para ser eficientes al no haberse suscrito los contratos de explotación.

En contraste con la omisión precitada el gobierno obliga a las EPS a implementar los contratos de explotación en el nivel local pero solo mediante empresas privadas que obtendrían el derecho de explotación en la modalidad de concesión por 30 años que pueden ser prorrogados por 30 años adicionales.

La presente exigencia tiene justificación puesto que lo mas importante para el logro de un buen servicio es contar con una empresa prestadora publica sólida, eficiente, y dirigida por un cuerpo de especialistas, con autonomía frente a las municipalidades, atributos que solo pueden provenir de una relación contractual con los gobiernos locales a través de los contratos de explotación. La experiencia en América ha puesto en evidencia que las empresas publicas constituidas legalmente y con facultades conferidas mediante un contrato, con un directorio estable y profesional, es una opción eficiente frente al manejo politizado de los alcaldes y funcionarios de ministerios que ejercen varios roles simultáneos

3. Exigir que el Estado la adopción de todas las medidas necesarias para que las entidades prestadoras públicas cuenten con autonomía funcional y administrativa.

De manera adicional al derecho de explotación las empresas públicas (SEDAPAL y empresas municipales) debían contar con la condición esencial de disponer de autonomía de gestión. La autonomía funcional y administrativa de las empresas públicas fue instituida en la ley general de servicios de saneamiento como una característica básica requerida para organizar la prestación de servicios con universalidad, eficiencia y especialización.

Es claro que empresas públicas interferidas, con directorios y directivos de gerencia inestables y no expertos, practican un tipo de gestión que no reconoce como validos los principios de transparencia, participación ciudadana y rendición de cuentas congruentes con el PIDESC. En ese sentido, la falta de autonomía de las actuales empresas públicas ha ocasionado, junto a otros factores desencadenados, como las deficiencias de gestión y el mal manejo financiero, el bajo grado de cumplimiento de las obligaciones del Estado con relación al derecho humano al agua en las principales ciudades del país y en especial en las áreas peri urbanas.

Exigimos que se permita que las asociaciones de usuarios en representación de la sociedad civil ingresen a los directorios de las EPS conforme a la Ley N° 28880.

4. Exigir al Estado adoptar una gestión especializada en las empresas públicas que permita organizar la prestación de servicios a partir de la formulación y ejecución de planes maestros, planes financieros, formulas tarifarias quinquenales, tarifas anuales, las metas quinquenales, e indicadores anuales del grado de cumplimiento del derecho al agua.

El planeamiento estratégico y de menor plazo es una característica de empresas públicas eficientes enfocadas a los usuarios reales y potenciales de sus localidades.

Es evidente que la ausencia de planeamiento estratégico, y de las metas e indicadores de los servicios que de éste deberían derivarse, están asociadas diversos factores entre los que se pueden citar:

· La falta de autonomía de gestión de las empresas municipales
· La ausencia de formalización de sus facultades de gestión de los servicios de las empresas públicas, mediante los contratos de explotación.
· La carencia de directorios y dirección, especializados y estables.

Exigimos la incorporación de criterios de transparencia y de etica en la gestión de las entidades publicas (SEDAPAL, EPS municipales y JASS).

5. Exigir al Estado dotarse de un plan nacional de saneamiento concertado.

El actual plan nacional de saneamiento fue elaborado sin consulta ciudadana y solo favorece la concesión de las EPS. De acuerdo al PIDESC y las normas de descentralización nacional el plan tiene elaboración coordinada con los demás niveles de gobierno y otorga participación a la sociedad civil en las decisiones.

Exigimos el co-impulso del Programa Agua para Todos como programa que resuelve multisectorialmente y con participación ciudadana urbana y rural en las cuencas:
1ºlos cuatro servicios de saneamiento: abastecimiento de agua potable, alcantarillado, tratamiento de aguas servidas y residuos sólidos, y drenaje pluvial.
2º con qué aguas se cuenta para brindar los cuatro servicios a todos.
3ºcon qué recursos se cuenta para financiar Agua para todos
a)Que el 19% de IGV que paga la familia usuaria por los servicios de agua potable y saneamiento, y un porcentaje significativo del canon y sobre canon minero, hidroenergético e hidrocarburífero sean revertidos regionalmente exclusivamente en abastecimiento de agua potable, alcantarillado, tratamiento de aguas servidas y residuos sólidos, y drenaje pluvial, y capacitación tecnológica e implementación tecnológica de siembra y cosecha de agua con uso de energías renovables por los pequeños productores en las cuencas que abastecen los servicios de saneamiento.
b)Aumento en la inversión pública a razón de US $ 150 millones anuales para ampliar las redes y plantas de tratamiento en las ciudades con mayores problemas de cobertura, en consenso con la población local y municipios en ciudades con mayor capacidad adquisitiva; y con apoyo técnico y subsidios a soluciones técnicas rápidas y costo efectivas para resolver el problema de acceso al agua de la población suburbana sin conexión domiciliaria y con mayor vulnerabilidad.

6. Exigir al Estado la adopción, bajo los principios del Pacto de transparencia y participación ciudadana, determinar nuevas condiciones legales e institucionales para las entidades prestadoras públicas, con la finalidad de mejorar su eficiencia, autonomía y especialización de la gestión, favoreciendo mayores y mejores condiciones para la realización del derecho al agua

La gestión institucional, el manejo técnico y operativo de los servicios de agua no ha mejorado de manera congruente con el PIDESC y las demandas sociales. Por el contrario el año 2008 de acuerdo con los ODM solo 4 EPS lograron alcanzar las metas.



Los desperdicios de agua en las redes de distribución siguen siendo elevados y las entidades mantienen una débil capacidad institucional y financiera para emprender transformaciones que permitan avanzar en el cumplimiento de las obligaciones con relación al derecho al agua.

El modelo de entidad prestadora pública formulado en la ley general de servicios de saneamiento ha evidenciado, conforme se ha señalado anteladamente, deficiencias de diseño e incumplimiento de sus principales componentes, en especial en los rubros de autonomía funcional y administrativa, gestión, viabilidad financiera, sostenibilidad y derechos de explotación.

En este sentido la exigencia de reformar las actuales condiciones legales e institucionales, es compatible con los principios del PIDESC en cuanto a la obligación de examinar la legislación, las estrategias y las políticas existentes para determinar que sean compatibles con las obligaciones relativas al derecho al agua, debiendo derogarse, enmendarse o cambiarse las que no sean congruentes con las obligaciones dimanantes del Pacto

Exigimos que el Estado devuelva el 19% del IGV que pagan las familias usuarias a las EPS para ampliación de cobertura.

7. Exigir al Estado la transferencia de competencias del gobierno nacional a los gobiernos regionales y locales, requerida para que las entidades prestadoras puedan disponer del control de elementales condiciones y manejo de las variables que le permitan plantearse una gestión eficiente y especializada de los servicios de agua.

En la presente década se ha puesto en marcha un nuevo proceso de descentralización que debería permitir, por un lado la asignación de competencias a los gobiernos regionales y locales, y por otro, un adecuado ejercicio del poder por los tres niveles: nacional, regional y local. No obstante, el gobierno nacional retiene importantes funciones cuyo ejercicio a nivel descentralizado es vital para crear condiciones de eficiencia, suprimir las distorsiones y limitaciones de las empresas públicas, y promover la participación ciudadana.

En efecto a la fecha se ha verificado la falta de transferencia de competencias del consejo de ministros y de los ministerios de vivienda, construcción y saneamiento, y economía y finanzas, a los gobiernos regionales y locales, requerida para que las entidades prestadoras puedan disponer del control de elementales condiciones y manejo de las variables que le permitan plantearse una gestión eficiente y especializada de los servicios de agua.

Por ejemplo, en la actual asignación de competencias corresponde al consejo de ministros:

· Determinar las retribuciones de los directores y representantes en la juntas de accionistas de las empresas públicas, actualmente fijadas en función de número reuniones a las que se asiste obviando el desempeño, resultados y calidad de las decisiones.
· Aprobar los presupuestos de ingresos y gastos de las empresas municipales, ejerciendo a través del ministerio de economía severas restricciones a la gestión
· Decidir las estructuras de remuneraciones, fijadas actualmente en condiciones que carecen de competitividad

Exigimos que el Estado reestructure las deudas de las EPS conforme a la Ley N° 288870.

8. Exigir al Estado que los cambios legislativos con relación al derecho al agua se realice en los términos del Pacto y en especial respetando los principios de transparencia y participación ciudadana.

El gobierno ha dictado una nueva reglamentación del sector de manera simultánea con los procesos de concesión de los servicios al sector privado y ha introducido cambios en el sistema regulatorio, sin respetar elementales reglas de transparencia y participación ciudadana. Los cambios están orientados a favorecer la gestión privada de los servicios y ha mantener las distorsiones a la eficiencia de las empresas públicas evidenciándose una clara discriminación prohibida por el PIDESC.

Se han anunciado nuevos cambios y no existe un análisis del impacto de estos cambios con relación al derecho al agua y la eficiencia de los organismos de regulación y entidades prestadoras.

Exigimos al Estado reformas a la Ley General de Servicios de Saneamiento, LGSS, Nº 26338, y elaboración la reglamentación respectiva
Entre otras metas, la elaboración del Reglamento incluye:
1ºContar con un modelo tipo de contrato de explotación que deben otorgar las municipalidades a las EPS.
2º Revisar en cada EPS la forma de priorizar el mecanismo de capitalización de deudas al COLFONAVI por acciones en las EPS.
3ºEfectivización democrática de la elección de dos representantes de la sociedad civil al Directorio de las EPS, uno de ellos representante de sus trabajadores/as.
4ºPromoción participativa del saneamiento seco y sistemas condominiales de saneamiento ecológico costo efectivos.
5ºFortalecimiento de las Juntas Administradoras de Servicios de Saneamiento, JASS, como parte del capital social de manejo del agua.
Exigimos que se Implemente una PRIMERA ETAPA de cumplimiento del Mensaje Presidencial para que “…no se usen 'services' en labores permanentes”, en la que se logre el cumplimiento de derechos laborales, condiciones de trabajo por parte de los services respectivos con los trabajadores Operadores de Estaciones de Control y de otras funciones neurálgicas de los servicios de saneamiento, y estudiar conjuntamente las propuestas sobre opciones de integración de los trabajadores a las EPS sin afectar la optimización de las EPS. En una SEGUNDA ETAPA se tratará y resolverá la relación de trabajadores, tercerización y servicio optimizado de las EPS.

9. Exigir al Estado que la asignación de recursos financieros, nacionales y de las instituciones financieras internacionales, vinculados a los procesos de participación del sector privado en la gestión de los servicios, dejen de estar condicionados a la aceptación previa de contratos con empresas privadas para la gestión de los servicios de agua potable.

Los actuales programas de promoción de participación privada han establecido un sin número de condiciones que sujetan la provisión de recursos financieros a la aceptación de la participación privada. Programas de esta naturaleza, no avalados por procesos de aceptación social y política entrañan una violación de normas éticas, las cartas constitutivas de las instituciones financieras nacionales, el ordenamiento jurídico nacional y los principios del PIDESC, relativos a los principio de transparencia y participación ciudadana.

Exigimos al Estado Peruano transferencia de recursos a INVERSAN.

Exigimos que mediante el Presupuesto Público 2010 permita que las EPS hagan uso de los préstamos blandos y de pago a largo plazo para las proyectos de saneamiento.


10. Exigir al Estado la adopción de un plan nacional de reducción de perdidas de agua en los sistemas de distribución, programas de suministro para los grupos vulnerables y excluidos y el aporte financiero que corresponda a dichas inversiones.

Una exigencia de esta naturaleza es compatible con los principios del PIDESC por cuanto se orientan a elevar considerablemente de eficiencia operativa de las empresas públicas, con impactos positivos sobre su situación financiera, la calidad de los servicios, mejorando las condiciones para avanzar sostenidamente en el ejercicio del derecho al agua

11. Exigir al Estado la convocatoria a las audiencias publicas previstas en la ley de transparencia y simplificación de los procedimientos regulatorios de tarifas, reconociendo de manera efectiva el derecho de los usuarios reales y potenciales a la información y a participar en las decisiones relativas a los planes, programas, metas e indicadores para la vigilancia de la evolución del derecho al agua.

El PIDESC y las normas de descentralización nacionales reconocen a los ciudadanos amplios derechos para acceder a la información sobre los asuntos del agua y a participar en los procesos de decisiones. Sin embargo, desde que se dictaron procedimientos de transparencia y simplificación de los procedimientos regulatorios de tarifas (2001), estableciéndose la obligación de convocar a audiencias públicas, un número muy limitado de entidades y la SUNASS han puesto en práctica el procedimiento.

Debido a esta omisión, la mayoría de usuarios reales y potenciales carecen de información de los planes, programas de ampliación y mejoramiento, y metas de la prestación asociadas a las tarifas.

Exigimos efectivizar la implementación de las coincidencias del diálogo iniciado entre los trabajadores de los servicios de saneamiento en las EPS, organizaciones de usuarios y no usuarios de los servicios de los pueblos del Perú, y el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, re-conformando la Mesa de Concertación y Diálogo sobre Agua y Saneamiento.

11 de diciembre 2009
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sábado, 28 de noviembre de 2009

INVITACION. III ENCUENTRO DE REFLEXIONES Y CONCERTACION HACIA LA AUDIENCIA PUBLICA DE LAS VILLAS DE LIMA SUR.

ESTIMADOS COLEGAS

El dia sabado 28 se realizará el III Encuentro de reflexiones y concertacion hacia la audiencia publica de las Villas de Lima Sur.El escenario son los salones del Restaurante Turistico Refugio los Pantanos de Villa Jr. Los Sinhis 118Urb.San Juan Bautista de Villa-Chorrillos(espalda grifo La Chira), de 9.45am a 3.30pm.

Carlos Franco Pacheco
PACHACAMAC

sábado, 19 de septiembre de 2009

ICA. AGROKASA IMPONE SU VOLUNTAD EN DESPRECIO DE TODO ICA.

Colegas:

Les mando una carta a Chlimper que le mande el 11de set. 2009. Su respuesta fue lunes con toda impunidad:

AGROKASA IMPONE SU VOLUNTAD EN DESPRECIO DE TODO ICA

AGROKASA IMPUSO SU VOLUNTAD PARA INSTALAR LOS DOS ACUEDUCTOS de 24 ",cada uno, para transportar el agua subterranea de su Fundo Santa Rita, en el Distrito de Santiago a la Catalina en el Distrito de Pachacutec, cruzando 4 distritos (Santiago, Pueblo Nuevo, Tate, Pachacutec).

Los pequenos agricultores del Caserio de Puno y tambien los medianos agricultores estan en contra este proyecto y las gentes de los otros tres distritos NO HAN SIDO CONSULTADOS O INFORMADOS. NO HAN APROBADO ESTE PROYECTO SEGUN EL CONVENIO OIT-169.

POR ESO AGROKASA TENIA QUE USAR LAS FUERZAS POLICIALES EN CONTRA EL PUEBLO PARA IMPONER ESTE PROYECTO.

Hay seis razones porque la Resolucion 147, entregado por el ATDR- ICA a favor de Agrokasa el 29 de diciembre de 2008 es un documento illegal que debe ser anulado:

1- El agua no es de la propiedad privada de nadie o de ninguna empresa. Al aprobar la resolucion, el ATDR-Ica entrego a Agrokasa la propiedad del agua subterranea. NADIE ES DUENO DEL AGUA DEL SUBSUELO porque pertenece al Estado Peruano! La licencia de operacion de un pozo es para una zona concreta y especifica. No es para transportar el agua en acueductos, cruzando 4 distritos.

2- Si la ANA y la ALA-Ica no anula la resolucion, no van a tener ninguna autoridad sobre el agua. Hasta ahora la ANA y la ALA-Ica no han aprobado o avalado la resolucion 147 y han indicado verbalmente que no procede debido a "Ica-Veda Acuifero-ANA-Res.No. 0327-2009 (15jun09) Peruano 16jun09. La Veda contra la apertura de nuevos pozos, se aplica tambien al intento de transportar agua de una zona a otra porque es lo mismo como se fuera abriendo un nuevo pozo.

3- La Resolucion 147 dice que hay un "excedente de agua" . No hay ningun excedente de agua en el Valle de Ica. La sobre-explotacion del acuifero supera unos 200 MMC anualmente. Entonces la Resolucion 147 contiene una declaracion falsa.

4- No menciona que canales de irrigacion van usar para transportar el agua entre Santa Rita y La Catalina. Uno de los canales que no menciona que planean usar es el canal "las Siguas" . Este hecho no esta en la Resolucion 147.

5- No menciona que los acueductos van cruzar cuatro (4) distritos: Santiago; Pueblo Nuevo; Tate; y Pachacutec. La resolucion 147 esconde los hechos y es basado en un informe parcial.

6- No hay consulta previa y aprobacion segun el Convenio de OIT-169. No han consultado con:

1- la Directiva de la Junta de usurarios del Subdistrito de Riego "La Achirana-Santiago de Chocorvos".

2- la Asemblea de esta Junta.

3- los Alcaldes de los cuatro (4) distritos y los Consejos de estos distritos.

4- la Junta de Regantes del Rio de Ica y su Asemblea.

5- la poblacion en los 4 distritos.

Por todas estas razones, la Resolucion 147 es illegal y el proyecto de acueductos que esta imponiendo Agrokasa "a la fuerza" es una imposicion contra los derechos de agua de todo el pueblo Iqueno, agricultores y la gente de la ciudades.


David BayerP.O. BOX 139, Ica, PeruTel: 51-56-256036

jueves, 17 de septiembre de 2009

VIERNES 18 AUDIENCIA CLIMATICA DE HUANCAVELICA.

http://www.sisay.org.pe/


VOZ DE LAS Y LOS AFECTADOS POR CAMBIO CLIMATICO SERA ANALIZADA EN AUDIENCIA PÚBLICA DE HUANCAVELICA

Uno de los impactos del cambio climático es precisamente la inestabilidad de las lluvias, la variación del régimen de las lluvias y la pérdida de glaciales como fuentes de agua y sequias, la perdida de biodiversidad, por lo tanto, las cosechas agrícolas se perjudican a causa del cambio climático, esta situación es una tragedia en el campo. De acuerdo con el Ministerio del Ambiente (Minam), en las últimas doce campañas agrícolas se perdieron ochenta mil hectáreas de papas debido al cambio climático y la degradación de la tierra.

El Movimiento Ciudadano frente al Cambio Climático – MOCICC, está organizando la Audiencia Pública denominada AGUA Y MEDIO AMBIENTE, PARA LA VIDA, evento que se llevara a cabo el día viernes 18 de Septiembre del presente año, en las instalaciones del Centro eco-turístico “San Cristobal” de Huancavelica Ciudad, a horas 09:00 a.m.

“Este esfuerzo colectivo tiene por objetivo recoger LA VOZ DE LOS Y LAS AFECTADAS, es importante llamar la atención sobre el impacto del cambio climático en la vida de los pobladores y pobladoras. La Audiencia Publica busca propiciar discusiones con la sociedad civil y las organizaciones sociales a fin de construir una Agenda Regional sobre Agua y Medio Ambiente, y sus impactos en los recursos hídricos, con la presencia del Gobierno Regional de Huancavelica, gobiernos locales, comunidades campesinas y ONGS” señaló Félix Rojas Director de SISAY

La Audiencia Climática será trasmitida por internet a través de: www.sisay.org.pe

Con el ruego de su difusión
Mayores informes: 067-454202
Atentamente

El Movimiento Ciudadano frente al Cambio Climático – MOCICC
SISAY
IDL
COREDES HCVA
CA

domingo, 28 de junio de 2009

AGUA DERECHO CUESTIONA PRONUNCIAMIENTO DEL MERCANTILISMO HIDRICO

CARLOS FRANCO PACHECO CUESTIONO PRONUNCIAMIENTO HIDRICO "LEY DE RECURSOS HIDRICOS NO PRIVATIZA EL AGUA" QUE PUBLICA EN DIVERSOS MEDIOS DE COMUNICACION EL MERCANTILISMO HIDRICO PARA CONFUNDIR A LA POBLACION Y PUEBLOS ORIGINARIOS EN PROTESTA.

El director del programa radial "Agua Derecho Humano" Carlos Franco Pacheco, en la edición N° 162, que se trasmitió por Radio Stereo Villa 101.7 fm, el domingo 28 de junio del 2009 cuestionó el pronunciamiento "Ley de Recursos Hidricos no privatiza el agua" que fue publicado en el Diario "La República", indicando que dicha ley especial promulgada el 30 de marzo del 2009 es privatista en todo sus extremos.
El ex- vocero nacional de la Campaña Nacional por el Derecho al Agua indicó que el pronunciamiento suscrito por una minoria de juntas de regantes y la poderosa Asociación de Exportadoras-ADEX es confuso, provocador y mafioso. Frente a ello, reto a un debate a los promotores del pronunciamiento por las ondas de Radio Stereo Villa.

El análisis compartido por el co-conductor Luis Velasquez precisa que la Ley de Recursos Hidricos y su hermana mayor la Ley Orgánica de Aprovechamiento de Recursos Naturales contiene derechos de agua con criterio privatista, en ese sentido acotó que las licencias, autorizaciones y permisos tienen lo prescrito por el Código Civil: uso, registro y reinvindicacion judicial.

El contenido privatista a la Ley de Recursos Hidricos esta precisado al definir que la entelequia nación es propietaria del agua. La Ley de Aguas anterior definia que el propietario del agua era una estructura de poder denominada Estado.La decisión fue adoptada en contrasentido a la Ley General del Ambiente que señala que el agua es un derecho y por tanto de dominio del Estado.

El ex-secretario técnico de CONAGUAYVIDA, en presencia de líder acciopopulista Gustavo Arauco, el líder madrediosano David Calderon y el líder gremial Estuardo Roncal fustigó que el pronunciamiento sale, en medio de los cuestionamientos de la población de Puno, Cusco, Andahuaylas y la Amazonia.

Carlos Franco Pacheco definió que el pronunciamiento de los regantes contradice la decisión de la Junta Nacional de Usuarios de Riego del Perú-JNUDRP, que pidió el 30 de marzo del 2009 observar la promulgación de la privatista Ley de Recursos Hidricosa, ante la andanada de cuestionamientos. Este mismo emplazamiento fue hecho por el gremio CONVEAGRO-PERU

El autor del libro "Atrapados por el agua.El caso Perú" subrayó que la Ley de Recursos Hidricos es privatista al permitir que operadores con fines de lucro administren el bien público agua. Es más, el articulo 112 indica que el Estado promueve la inversión privada para el uso colectivo del agua subterránea, así como la prestación de los servicios respectivos.
El Hijo Ilustre de Ica afirmó que por obra y gracia del TLC con EEUU, en el Perú las inversiones no pueden ser condicionadas, a causa del cual, la Ley de Recursos Hidricos y su hermana mayor la Ley Orgánica de Aprovechamiento de Recursos Naturales amenazan con la privatización del recurso y la administración del agua.
Carlos Franco Pacheco definió que el pronunciamiento de los regantes no analiza el programa de recursos hidricos, que logró financiar la promulgación de la Ley de Recursos Hidricos, y tiene en estos dias la actividad de aprobación compulsiva del reglamento de la Ley de Recursos Hidricos.

El director de la ONG PACHACAMAC, precisó que los verdaderos interesados en tener una licencia con carácter privatista son las empresas norteamericanas, que quieren convertir el territorio nacional en aprovisionador de biocombustibles, incluidos las brasileñas Amazónica del Sur y Odebrecht, la empresa oriental Chinalco y las empresas esparrageras de Ica.

El sub-director de Prensa del Sur, luego de co-conducir el programa "Agua derecho humano" participó en el primer Encuentro de Nacionalistas y Lideres Sociales, realizado en el restaurant "La Villa del Rey" de Villa El Salvador, donde se encontraba el ex-comandante EP Ollanta Humala Tasso.


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martes, 2 de junio de 2009

CARLOS FRANCO INVITADO MESA REDONDA EDUCATIVA POR DIA MUNDIAL DEL MEDIO AMBIENTE. LIMA


CARLOS FRANCO INVITADO A MESA REDONDA EDUCATIVA POR EL DIA MUNDIAL DEL MEDIO AMBIENTE. COMPARTIRA MESA CON FERNANDO CUADROS, PRONATURALEZA Y LUPE GUINAND DE LA UNIVERSIDAD RUIZ DE MONTOYA.

El Instituto Pedagógico Nacional de Monterrico(IPNM) invitó para el jueves 4 de junio al ambientalista y ex-director de asuntos ambientales de la Municipalidad de Chorrillos Carlos Franco Pacheco, a la Mesa Redonda Educativa, que se desarrollará en el marco de la Semana del Medio Ambiente y de sus 133 años de servicio de la educación nacional.

Este evento tiene como finalidad compartir lo que están haciendo por el ambiente, desde diferentes ámbitos como la Empresa, ONG, Municipalidad, Escuela, entre otros.Habiendo a la fecha confirmado la participación de Fernando Cuadros de la empresa privada,Lupe Guinand de la Universidad Ruiz de Montoya y la ONG Pronaturaleza.

El IPNM cuenta con siete especialidades, entre ellas la de Ciencias Naturales, quien se encarga de formar futuros profesionales del área de Ciencia, Tecnología y ambiente-CTA, con el compromiso de promover en sus alumnos una actitud de conservación ambiental y a la investigación.

El ex-integrante del CDN del Foro Ecológico participará de la Mesa Redonda desde las 11.30 a 14.00pm. En su presentación dará a conocer las perspectivas de la ingeniería ambiental en el Perú. El mismo tema que los asistentes de la IV CONEIA conocieran el viernes 29 de mayo.

Carlos Franco Pacheco Coordinador de la Comisión de Vivienda y Medio Ambiente de la Mesa de Concertación para la lucha contra la pobreza de Lima Metropolitana, en el marco del Dia Mundial del Medio Ambiente participará el viernes 5 de Junio en el Lanzamiento de cohetes de vuelo de agua en Comas y en el sembrado de 20,000 arboles en 11 distritos.

El integrante del Comité Científico de la Fundación Cambie tiene programado el sabado 6 de junio una entrevista en Radio Cora, en el programa radial "Ecopacha.Agenda de actualidad ecocultural" que saldrá en simultaneo por internet a todo el mundo, a las 9 am.

Carlos Franco autor del Ensayo "Agua y Sed.Por Politicas Publicas" difunde por articulos acerca de la importancia de la obra cinematografica "Home" que se rodará el 5 de junio.

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miércoles, 27 de mayo de 2009

URGE RECONOCER EL DERECHO INDIGENA AL AGUA. URGENTE!

PACHACAMAC
Inscrito en la ORPLC
PRONUNCIAMIENTO.

URGE RECONOCER EL DERECHO INDIGENA AL AGUA Y EL CONTROL DEL AGUA A LOS PUEBLOS INDIGENAS.


El Programa de Apoyo a las Cuencas Hidrograficas con manejo antropologico -PACHACAMAC saluda las luchas amazónicas y la reinvidicación de la derogatoria de la Ley de Recursos Hídricos..

El agua es un derecho los pueblos indígenas. Un derecho humano al tener en cuenta que tienen adicionalmente los portadores del derecho el control autónomo como sinónimo de dominio. Es decir, los pueblos indígenas tienen la supremacía del pueblo indígena en la disposición del agua. Pero, eso no es todo, de acuerdo a la Declaración Internacional de los Pueblos Indígenas el derecho está conectado con el control sobre los “acontecimientos” que los afecten a ellos y al recurso agua.

La Declaración Internacional de Pueblos Indígenas no otorga un “control” del tipo estatal para desperdiciar o mal usar, sino que ese dominio es sustantivo para preservar las cualidades inherentemente a un pueblo originario. Esta prerrogativa tiene bases en la condición sustantiva a la identidad de los pueblos y a su futuro. Dicha de otra manera, la destrucción del agua es una serie amenaza a la existencia de un pueblo al impedirle reproducir su identidad económica en el uso de esos bienes.

El articulo 26:1 de la Declaración Internacional de los Pueblos Indígenas precisa que el derecho se extiende al control del agua utilizada o adquirida, y de aquellas aguas que no han sido empleados en sus territorios. Los Estados alegan que todos los recursos como el agua subterránea son suyos.

En el Perú, la Constitución Política, la Ley Orgánica de Aprovechamiento de los recursos naturales y la Ley de Recursos Hídricos(promulgada el 30 de marzo del 2009) contienen normas que alteran el precepto de la Declaración de los Pueblos Indígenas. No obstante, la regla superior es que no puede ponerse en riesgo la continuidad de un pueblo aun cuando se tratara de explotar el agua que no es tradicionalmente empleado por él.

La Declaración Internacional de los Pueblos Indígenas al igual que otras declaraciones, se ha originado en la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas. Dicha Asamblea es la reunión de Estados que han sido reconocidos con esa capacidad, es decir, son los Estados miembros de la ONU. El órgano que los reúne es precisamente la Asamblea General. Por su parte, la Asamblea es el principal órgano representante de la ONU.

Las funciones de la Asamblea General están normadas por un acuerdo llamado “Carta”. La Carta de las Naciones Unidas contiene entonces las pautas de lo que puede o no hacer la Asamblea. Y en cuanto a las declaraciones, ellas se generan en articulo 13°, inciso 1, de esta Carta donde se señala que la Asamblea “hará recomendaciones”, y precisa en su apartado b, “y ayudar(á) a hacer efectivos los derechos humanos y las libertades fundamentales de todos”.

Las violaciones al derecho indígena al agua se ha mantenido a pesar del Convenio 169-OIT y, en algunos casos, con tratados reconocidos por los Estados. Por ello, la Declaración de Pueblos indígenas enfatiza literalmente la “urgente necesidad de respetar y promover los derechos de los pueblos indígenas afirmados en tratados, acuerdos y otros arreglos constructivos con los Estados”.

El concepto de “pueblo indígena” se introduce en nuestra legislación con el Convenio 169-OIT. Pero es a través de la ya citada Ley N° 27811, “Ley que establece el régimen de protección de los conocimientos colectivos de los pueblos indígenas vinculados a los recursos biológicos”. Por otro lado, precisa literalmente que son “pueblos originarios que tienen derechos anteriores a la formación del Estado peruano, mantienen una cultura propia, un espacio territorial y se autoreconocen como tales”. Para esa norma, las comunidades campesinas y nativas constituyen formas de organización social que adoptan los pueblos indígenas.

La OMS señala que la identidad cultural de diversos grupos étnicos o religiosos puede verse amenazada mediante la destrucción, expropiación o contaminación de tierras culturales con acceso a recursos de agua o mediante, su titulación individual, lo cual impide el uso tradicionalmente colectivo al agua.

La Observación N° 15 del Comité de Derechos Económicos y Sociales-CDESC de la ONU señaló que el agua es fundamental para disfrutar de determinadas practicas culturales. En el Perú, la importancia de la Observación N° 15 fue reconocida por el Plan Nacional de Derechos Humanos aprobado por el Ministerio de Justicia.

La Declaración de "Iximche" de la III Cumbre Indígena Continental señaló la importancia del derecho ancestral e histórico al bien común y su carácter inalienable, imprescriptible e inembargable. A decir de los promotores, el agua es un bien común, Es más, precisa que el agua como bien común es un rasgo de la madre naturaleza, y cuya degradación pone el riesgo la “tierra llena de vidas”(Abya Yala).

Abrigamos que el Foro Continental “Pueblos Indigenas y Agua como derecho humano” de la IV Cumbre Indigena Continental que se realizará en Puno, del 29 al 31 de mayo, rechaze que la administración del agua se otorgada a entidades con fines de lucro.

La reflexión conceptual surge a partir de las luchas indígenas continentales y de las expresiones constitucionales de los pueblos y gobiernos de América. En el Perú, esta reflexión se nutre de la lucha del pueblo amazónico y de cusqueño.

PACHACAMAC considera que los DLs y la promulgación de la Ley de Recursos Hidricos dados por el Gobierno Peruano atenta contra el equilibrio Hombre-Tierra-Agua, por tanto, reiteramos nuestra vocación principista para que los hermanos amazónicos y los Pueblos Indígenas tengan legitimo interés de controlar el agua en sus territorios y lograr por ese medio que se respete su derecho al autoreconocimiento.


¡VIVAN LOS PUEBLOS INDIGENAS Y LA LUCHA AMAZONICA!

Comité Ejecutivo Nacional
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Lima, 26 de mayo del 2009

miércoles, 29 de abril de 2009

VIDEO: CONOZCA LA LEY DE AGUAS PRIVATISTA PROMULAGADO POR ALAN GARCIA

VIDEO : CONOZCA LA LEY DE AGUAS PRIVATISTA PROMULGADO POR ALAN GARCIA. CABLE BEST TV.

http://viceconchyma.blogspot.com/2009/04/videocarlos-franco-entrevistado-por.html


El autor del Libro "Atrapados por el Agua.El caso Perú" Carlos Franco Pacheco fue entrevistado por el experimentado periodista Pedro Martinez Valera, en su edición en vivo de Cable Best 3 TV. La entrevista abordó los aspectos negativos de la Ley de Recursos Hidricos para Gobiernos Locales y Regionales, que promulgó Alan Garcia Perez el 30 de marzo.

Igualmente, el ambientalista Carlos Franco Pacheco anunció que prepara un recurso para inconstitucionalizar la Ley de Recursos Hidricos.

Visite:

www.apertura.com.pe/RADIO/archivo.html

viernes, 17 de abril de 2009

CARLOS FRANCO PARTICIPO EN TALLER QUE PLANEA EXPLOTACION DE PETROLEO EN ZOCALO LIMEÑO

Foto de Carlos Franco en Chancay-Lima.

CUESTIONADA EMPRESA PETROTECH CONFUNDIO AL PUBLICO


El Secretario Ejecutivo de PACHACAMAC Carlos Franco Pacheco tomó la palabra en el segundo Taller Informativo "Estudio de Impacto Socioambiental. Prospección sismica 2d y 3d -Lote Z-49", realizado en el local de la Sociedad Obrera de la Unión del distrito de Huacho-Huaura el pasado 16 de abril.
El segundo Taller Informativo fue organizado por la empresa PETROTECH y tuvo como soporte técnico a la consultora Walsh Peru S.A.El primer taller fue organizado en el distrito de Vegueta, ubicado en la provincia de Huaura.

El objetivo de establecer un clima de confianza y dialogo por parte del taller fue desvirtuado al no responder la empresa PETROTECH la pregunta escrita de Carlos Franco Pacheco sobre las lecciones aprendidas acerca de los procesos sociales.
La respuesta de Carlos Franco no se hizo esperar y en la estación de preguntas a mano alzada insistió en la pregunta, y la respuesta de la empresa PETROTECH fue que tenia conocimiento de la importancia de dinamizar la economía local contratando personal de la localidad y apoyando a los jóvenes.
Adicionalmente, la empresa PETROTECH enfatizó que cumplirá con todos los dispositivos legales,entre ellos de la Ley General del Ambiente y las ordenanzas del MARPOL.

En una respuesta anterior, la empresa PETROTECH expresó que la explotacion de petróleo se realizará en el área marina, desvirtuando el cumplimiento de la Ordenanza N° 12-2008-MDV que limita las actividades sensibles ambientales en Vegueta y sus alrededores.

"La empresa cuestionada PETROTECH confunde la responsabilidad social con los procesos sociales, y con ello, desconoce la importancia del planeamiento territorial y los modelos de desarrollo" dijo Carlos Franco Pacheco.

La empresa PETROTECH anunció la realización de un tercer taller informativo y una audiencia en los próximos meses y que tiene abierto una linea gratuita sobre información del proyecto de explotación de petróleo en la frontera de Végueta.
Carlos Franco Pacheco, luego de participar en el segundo Taller se traslado al Local Municipal de Végueta donde dejo una copia de los informes que entregó la empresa PETROTECH.
El caso PETROTECH fue parte de la reflexión de la Dirección de Servicios a la Comunidad y Participación Vecinal de Végueta, donde Carlos Franco fue el director hasta el 8 de abril, y mediante informe propuso que se gestione la nulidad del contrato PETROTECH.


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lunes, 13 de abril de 2009

CARTA DE LA TIERRA

LA CARTA DE LA TIERRA


PREÁMBULO


Estamos en un momento crítico de la historia de la Tierra, en el cual la humanidad debe elegir su futuro. A medida que el mundo se vuelve cada vez más interdependiente y frágil, el futuro depara, a la vez, grandes riesgos y grandes promesas. Para seguir adelante, debemos reconocer que en medio de la magnífica diversidad de culturas y formas de vida, somos una sola familia humana y una sola comunidad terrestre con un destino común. Debemos unirnos para crear una sociedad global sostenible fundada en el respeto hacia la naturaleza, los derechos humanos universales, la justicia económica y una cultura de paz. En torno a este fin, es imperativo que nosotros, los pueblos de la Tierra, declaremos nuestra responsabilidad unos hacia otros, hacia la gran comunidad de la vida y hacia las generaciones futuras.



La Tierra, nuestro hogar



La humanidad es parte de un vasto universo evolutivo. La Tierra, nuestro hogar, está viva con una comunidad singular de vida. Las fuerzas de la naturaleza promueven a que la existencia sea una aventura exigente e incierta, pero la Tierra ha brindado las condiciones esenciales para la evolución de la vida. La capacidad de recuperación de la comunidad de vida y el bienestar de la humanidad dependen de la preservación de una biosfera saludable, con todos sus sistemas ecológicos, una rica variedad de plantas y animales, tierras fértiles, aguas puras y aire limpio. El medio ambiente global, con sus recursos finitos, es una preocupación común para todos los pueblos. La protección de la vitalidad, la diversidad y la belleza de la Tierra es un deber sagrado.



La situación global



Los patrones dominantes de producción y consumo están causando devastación ambiental, agotamiento de recursos y una extinción masiva de especies. Las comunidades están siendo destruidas. Los beneficios del desarrollo no se comparten equitativamente y la brecha entre ricos y pobres se está ensanchando. La injusticia, la pobreza, la ignorancia y los conflictos violentos se manifiestan por doquier y son la causa de grandes sufrimientos. Un aumento sin precedentes de la población humana ha sobrecargado los sistemas ecológicos y sociales. Los fundamentos de la seguridad global están siendo amenazados. Estas tendencias son peligrosas, pero no inevitables.



Los retos venideros



La elección es nuestra: formar una sociedad global para cuidar la Tierra y cuidarnos unos a otros o arriesgarnos a la destrucción de nosotros mismos y de la diversidad de la vida. Se necesitan cambios fundamentales en nuestros valores, instituciones y formas de vida. Debemos darnos cuenta de que, una vez satisfechas las necesidades básicas, el desarrollo humano se refiere primordialmente a ser más, no a tener más. Poseemos el conocimiento y la tecnología necesarios para proveer a todos y para reducir nuestros impactos sobre el medio ambiente. El surgimento de una sociedad civil global, está creando nuevas oportunidades para construir un mundo democrático y humanitario. Nuestros retos ambientales, económicos, políticos, sociales y espirituales, están interrelacionados y juntos podemos proponer y concretar soluciones comprensivas.



Responsabilidad Universal



Para llevar a cabo estas aspiraciones, debemos tomar la decisión de vivir de acuerdo con un sentido de responsabilidad universal, identificándonos con toda la comunidad terrestre, al igual que con nuestras comunidades locales. Somos ciudadanos de diferentes naciones y de un solo mundo al mismo tiempo, en donde los ámbitos local y global, se encuentran estrechamente vinculados. Todos compartimos una responsabilidad hacia el bienestar presente y futuro de la familia humana y del mundo viviente en su amplitud. El espíritu de solidaridad humana y de afinidad con toda la vida se fortalece cuando vivimos con reverencia ante el misterio del ser, con gratitud por el regalo de la vida y con humildad con respecto al lugar que ocupa el ser humano en la naturaleza.



Necesitamos urgentemente una visión compartida sobre los valores básicos que brinden un fundamento ético para la comunidad mundial emergente. Por lo tanto, juntos y con una gran esperanza, afirmamos los siguientes principios interdependientes, para una forma de vida sostenible, como un fundamento común mediante el cual se deberá guiar y valorar la conducta de las personas, organizaciones, empresas, gobiernos e instituciones transnacionales.



PRINCIPIOS



I. RESPETO Y CUIDADO DE LA COMUNIDAD DE LA VIDA



1. Respetar la Tierra y la vida en toda su diversidad





a. Reconocer que todos los seres son interdependientes y que toda forma de vida independientemente de su utilidad, tiene valor para los seres humanos.

b. Afirmar la fe en la dignidad inherente a todos los seres humanos y en el potencial intelectual, artístico, ético y espiritual de la humanidad.



2. Cuidar la comunidad de la vida con entendimiento, compasión y amor.

a. Aceptar que el derecho a poseer, administrar y utilizar los recursos naturales conduce hacia el deber de prevenir daños ambientales y proteger los derechos de las personas.

b. Afirmar, que a mayor libertad, conocimiento y poder, se presenta una correspondiente responsabilidad por promover el bien común.



3. Construir sociedades democráticas que sean justas, participativas, sostenibles y pacíficas



a. Asegurar que las comunidades, a todo nivel, garanticen los derechos humanos y las libertades fundamentales y brinden a todos la oportunidad de desarrollar su pleno potencial.

b. Promover la justicia social y económica, posibilitando que todos alcancen un modo de vida seguro y digno, pero ecológicamente responsable



4. Asegurar que los frutos y la belleza de la Tierra se preserven para las generaciones presentes y futuras.



a. Reconocer que la libertad de acción de cada generación se encuentra condicionada por las necesidades de las generaciones futuras.

b. Transmitir a las futuras generaciones valores, tradiciones e instituciones, que apoyen la prosperidad a largo plazo, de las comunidades humanas y ecológicas de la Tierra.

Para poder realizar estos cuatro compromisos generales, es necesario:



II. INTEGRIDAD ECOLÓGICA



5. Proteger y restaurar la integridad de los sistemas ecológicos de la Tierra, con especial preocupación por la diversidad biológica y los procesos naturales que sustentan la vida.





a. Adoptar, a todo nivel, planes de desarrollo sostenible y regulaciones que permitan incluir la conservación y la rehabilitación ambientales, como parte integral de todas las iniciativas de desarrollo.

b. Establecer y salvaguardar reservas viables para la naturaleza y la biosfera, incluyendo tierras silvestres y áreas marinas, de modo que tiendan a proteger los sistemas de soporte a la vida de la Tierra, para mantener la biodiversidad y preservar nuestra herencia natural.

c. Promover la recuperación de especies y ecosistemas en peligro.

d. Controlar y erradicar los organismos exógenos o genéticamente modificados, que sean dañinos para las especies autóctonas y el medio ambiente; y además, prevenir la introducción de tales organismos dañinos.

e. Manejar el uso de recursos renovables como el agua, la tierra, los productos forestales y la vida marina, de manera que no se excedan las posibilidades de regeneración y se proteja la salud de los ecosistemas.

f. Manejar la extracción y el uso de los recursos no renovables, tales como minerales y combustibles fósiles, de forma que se minimice su agotamiento y no se causen serios daños ambientales.



6. Evitar dañar como el mejor método de protección ambiental y cuando el conocimiento sea limitado, proceder con precaución.





a. Tomar medidas para evitar la posibilidad de daños ambientales graves o irreversibles, aun cuando el conocimiento científico sea incompleto o inconcluso.

b. Imponer las pruebas respectivas y hacer que las partes responsables asuman las consecuencias de reparar el daño ambiental, principalmente para quienes argumenten que una actividad propuesta no causará ningún daño significativo.

c. Asegurar que la toma de decisiones contemple las consecuencias acumulativas, a largo término, indirectas, de larga distancia y globales de las actividades humanas.

d. Prevenir la contaminación de cualquier parte del medio ambiente y no permitir la acumulación de sustancias radioactivas, tóxicas u otras sustancias peligrosas.

e. Evitar actividades militares que dañen el medio ambiente.



7. Adoptar patrones de producción, consumo y reproducción que salvaguarden las capacidades regenerativas de la Tierra, los derechos humanos y el bienestar comunitario.



a. Reducir, reutilizar y reciclar los materiales usados en los sistemas de producción y consumo y asegurar que los desechos residuales puedan ser asimilados por los sistemas ecológicos.

b. Actuar con moderación y eficiencia al utilizar energía y tratar de depender cada vez más de los recursos de energía renovables, tales como la solar y eólica.

c. Promover el desarrollo, la adopción y la transferencia equitativa de tecnologías ambientalmente sanas.

d. Internalizar los costos ambientales y sociales totales de bienes y servicios en su precio de venta y posibilitar que los consumidores puedan identificar productos que cumplan con las más altas normas sociales y ambientales.

e. Asegurar el acceso universal al cuidado de la salud que fomente la salud reproductiva y la reproducción responsable.

f. Adoptar formas de vida que pongan énfasis en la calidad de vida y en la suficiencia material en un mundo finito.



8. Impulsar el estudio de la sostenibilidad ecológica y promover el intercambio abierto y la extensa aplicación del conocimiento adquirido





a. Apoyar la cooperación internacional científica y técnica sobre sostenibilidad, con especial atención a las necesidades de las naciones en desarrollo.

b. Reconocer y preservar el conocimiento tradicional y la sabiduría espiritual en todas las culturas que contribuyen a la protección ambiental y al bienestar humano.

c. Asegurar que la información de vital importancia para la salud humana y la protección ambiental, incluyendo la información genética, esté disponible en el dominio público.





III. JUSTICIA SOCIAL Y ECONÓMICA



9. Erradicar la pobreza como un imperativo ético, social y ambiental



a. Garantizar el derecho al agua potable, al aire limpio, a la seguridad alimenticia, a la tierra no contaminada, a una vivienda y a un saneamiento seguro, asignando los recursos nacionales e internacionales requeridos.

b. Habilitar a todos los seres humanos con la educación y con los recursos requeridos para que alcancen un modo de vida sostenible y proveer la seguridad social y las redes de apoyo requeridos para quienes no puedan mantenerse por sí mismos.

c. Reconocer a los ignorados, proteger a los vulnerables, servir a aquellos que sufren y posibilitar el desarrollo de sus capacidades y perseguir sus aspiraciones.



10. Asegurar que las actividades e instituciones económicas, a todo nivel, promuevan el desarrollo humano de forma equitativa y sostenible.



a. Promover la distribución equitativa de la riqueza dentro de las naciones y entre ellas.

b. Intensificar los recursos intelectuales, financieros, técnicos y sociales de las naciones en desarrollo y liberarlas de onerosas deudas internacionales.

c. Asegurar que todo comercio apoye el uso sostenible de los recursos, la protección ambiental y las normas laborales progresivas.

d. Involucrar e informar a las corporaciones multinacionales y a los organismos financieros internacionales para que actúen transparentemente por el bien público y exigirles responsabilidad por las consecuencias de sus actividades.



11. Afirmar la igualdad y equidad de género como prerrequisitos para el desarrollo sostenible y asegurar el acceso universal a la educación, el cuidado de la salud y la oportunidad económica.





a. Asegurar los derechos humanos de las mujeres y las niñas y terminar con toda la violencia contra ellas.

b. Promover la participación activa de las mujeres en todos los aspectos de la vida económica, política, cívica, social y cultural, como socias plenas e iguales en la toma de decisiones, como líderes y como beneficiarias.

c. Fortalecer las familias y garantizar la seguridad y la crianza amorosa de todos sus miembros.



12. Defender el derecho de todos, sin discriminación, a un entorno natural y social que apoye la dignidad humana, la salud física y el bienestar espiritual, con especial atención a los derechos de los pueblos indígenas y las minorías.





a. Eliminar la discriminación en todas sus formas, tales como aquellas basadas en la raza, el color, el género, la orientación sexual, la religión, el idioma y el origen nacional, étnico o social.

b. Afirmar el derecho de los pueblos indígenas a su espiritualidad, conocimientos, tierras y recursos y a sus prácticas vinculadas a un modo de vida sostenible.

c. Honrar y apoyar a los jóvenes de nuestras comunidades, habilitándolos para que ejerzan su papel esencial en la creación de sociedades sostenibles.

d. Proteger y restaurar lugares de importancia que tengan un significado cultural y espiritual.



IV. DEMOCRACIA, NO VIOLENCIA Y PAZ



13. Fortalecer las instituciones democráticas en todos los niveles y brindar transparencia y rendimiento de cuentas en la gobernabilidad, participación inclusiva en la toma de decisiones y acceso a la justicia



a. Sostener el derecho de todos a recibir información clara y oportuna sobre asuntos ambientales, al igual que sobre todos los planes y actividades de desarrollo que los pueda afectar o en los que tengan interés.



b. Apoyar la sociedad civil local, regional y global y promover la participación significativa de todos los individuos y organizaciones interesados en la toma de decisiones.

c. Proteger los derechos a la libertad de opinión, expresión, reunión pacífica, asociación y disensión.

d. Instituir el acceso efectivo y eficiente de procedimientos administrativos y judiciales independientes, incluyendo las soluciones y compensaciones por daños ambientales y por la amenaza de tales daños.

e. Eliminar la corrupción en todas las instituciones públicas y privadas.

f. Fortalecer las comunidades locales, habilitándolas para que puedan cuidar sus propios ambientes y asignar la responsabilidad ambiental en aquellos niveles de gobierno en donde puedan llevarse a cabo de manera más efectiva.